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Funcionarios inoperantes, prensa y el presidente Medina


Por: Reynaldo Hernández Rosa
(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

Funcionarios inoperantes, prensa y el presidente Medina
Sin duda, nadie puede obviar las infraestructuras que levanto la administración Fernandez en toda la provincia Duarte, donde obras exigidas por décadas, todas prioritarias, las cuales fueron ejecutadas, en su mayoría, en municipios y comunidades de la zona, empero, el pobre desempeño de los funcionarios, hoy siguen ahí, le llevaron a perder electoralmente en la región, no obstante, ser sus contrincantes un puñado de fósiles, viejos pedorros y taras del perredeismo anquilosado.

¿Por que esto?

Entre otros aspectos, la obnubilación, rabioso nepotismo y el engrosamiento económico de la cúpula peledeista, tanto en San Francisco como en todos los municipios, los cuales, los dirigentes, se cerraron a las bases, a los moradores, en fin, se ¨¨endiosaron¨¨, hoy no encuentra argumentos fehacientes para explicar el fracaso del partido en la región, donde el municipio cabecera obtuvo una deprimente derrota, al igual, que muchas de la poblaciones beneficiadas con instalaciones como:: planteles escolares, puentes, electrificación, centros de internet, hospitales, clínicas rurales, asfaltados de calles, arreglos de caminos vecinales, etc.

¿Qué pasó entonces?

Que en lugar de tener roce con los reclamantes de reivindicaciones populares, los funcionarios, dirigentes, prefirieron los salones aclimatados de restaurantes, hoteles, casinos, moteles y jeepetas de lujo, empero, mas luego no valio los recursos liquidos para doblegar a los que ellos dieron la espalda, por ello el fiasco electoral en la provincia.

Esto, dado que el presidente Danilo Medina continua con el mismo librito de Leonel Fernandez, al menos, en la provincia Duarte, dejando a todo un tinglado de aventajados morados, los cuales carecen de credibilidad ante los pobladores, incluso, los recién designados en los últimos ocho meses de gestión.

Apenas la añosa dirigencia, pero rica hoy, del PLD en la provincia que pese a todas obras que pueden exhibir no hayan logrado minimizar la oposicion de grupúsculos mediaticos, donde ni siquiera bocinas periodísticas tienen a su favor, dado que lacras de comunicadores, muchos delincuentes, le tumban el brazo a las ejecutorias del gobierno en la zona.

Es insolito, increíble, que tantos recursos que llegan a la zona, el partido, el gobierno, carezca de una plataforma en divulgación, comunicación que vaya consona con las ejecutorias del Estado.

Sin duda, el gabinete de comunicación del gobierno central que encabeza Rodríguez Marchena haya obviado esta determinante herramienta en materia de comunicación en las provincias, donde son los mismos dirigentes municipales, en los que nadie cree y escucha, que por ego cuasi demencial son los programeros y alcahuetes tanto en la televisión y la radio local. Craso error, por ello los resultados en divulgación son tan pobres.

De no variar tan peregrina tendencia, el gobierno de Danilo Medina seguirá trillando por el derrotero que le llevaron al fiasco electoral, al menos en la provincia Duarte. Estamos.

(Cortesía de: Reynaldo Hernández Rosa | Para: Cafe56.net)

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¿Por qué el desistimiento a la querella contra Jochy Gómez?


Por: Reynaldo Hernandez Rosa
(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

¿Por qué el desistimiento a la querella contra Jochy Gómez?
San Francisco de Macoris.- Un abanico de interrogantes se maneja en los corrillos jurídicos y politicos ante el desistimiento que hicieran tres funcionarios del gobernante Partido de Liberacion Dominicana, PLD, a la querella contra José Ángel Gómez Canaán (Jochi), acusado de extorsión, robo de identidad y “hackeo” a las cuentas de 44 correos electrónicos, entre ellos Felix Jimenez, felucho, Ignacio Ditren y Temistocles Montas, los cuales acogieron el articulo 124 del Codigo Procesal Penal, CPP.

El mismo establece que ¨¨ el actor civil puede desistir expresamente de su acción , en cualquier estado del procedimiento…..¨¨

Ahora bien, llama la atención que luego que el Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional, que preside el magistrado Alejandro Vargas, dictaminara como medida de coerción la prisión preventiva del imputado, dado los meritos de la misma, empero, los funcionarios gubernamentales dieran a conocer a través de su defensa el desistimiento a la acusación.

Incluso, el magistrado juez, Alejandro Vargas, entrevistado en la sede del Palacio de Justicia, en ese entonces, pondero y valoro el expediente, afirmando que era uno de los mejores sustentados en los meses recientes, dado las evidencias, rastreos e investigaciones realizadas por el Ministerio Publico estando al frente de ese tribunal.

El desistimiento o retiro de querella, el cual se consagra el desinterés manifestado por el querellante de dejar sin efectos jurídicos la querella interpuesta, es la razón esencial del por que de la misma, máxime , si la misma, la acusación, gozaba de fundamentos para un juicio de fondo.

No obstante, podrían argumentarse varias razones para la misma, esto, si partimos de lo que expresa el articulo 124 del CPP, cuando expresa ¨¨que la acción se considera tácitamente desistida, cuando el actor civil no concreta su pretensión oportunamente o cuando sin justa causa, después de ser debidamente citado: no comparece a prestar declaración …..No comparece a la audiencia preliminar…..No comparece al juicio , se retira de la audiencia o no presenta conclusiones¨¨

Ningunas de estas circunstancias se presentaron para tal desistimiento, es decir, los actores civiles o querellantes, luego que la acusación encontrara meritos suficientes para ir a un juicio, voluntariamente, dieron a conocer su desistimiento, es decir, su desinterés en el caso, esto , a través de su abogado.

¿Por qué?

Según el documento que fundamenta la acusación , Montas, Jiménez y Ditrén tenían creados sus correos personales e institucionales protegidos con su clave de acceso, pero fueron vulnerados por Gómez Canaán.

“A que de manera ilícita, en franca violación a las disposiciones legales, los equipos informáticos alojaban las informaciones del PLD y a los correos electrónicos de Montás, Jiménez y Ditren fueron vulnerados y se accedió ilícitamente a los archivos informáticos por parte de piratas hackeadores”, explica la querella.

En la querella en cuanto a lo penal, el PLD solicita al tribunal que acoja la acusación contra Gómez Canaán por violación de la ley 53-07 de crímenes y delitos de alta tecnología.

La querella está firmada por el secretario general Reinaldo Pared Pérez, y las víctimas Temístocles Montás, Ignacio Ditrén y Félix Jiménez.

Hasta ahí, todos los pasos dado por la defensa de los afectados vaticinaba que el expediente acusatario encontraría fundamentos en un juicio, por lo que, se intuye, en tanto, que los abogados del imputado habrían encontrado informaciones, datos, evidencias, de otros ilícitos, tal vez, encontrados en las cuentas, correos de los querellantes.

La interrogante entonces, ¿ que informaciones referentes a los tres querellantes se hallaron en el expediente acusatorio, que amen, de no ser el norte de la investigación, por la que el imputado ya cumplia la medida de coerción, prisión preventiva, se podrían ventilar en el juicio que de seguro se conocería, si tomamos como premisa, que las evidencias contra el procesado determinaban serios indicios para una condena?

¿Que informaciones empezarían a filtrar los abogados del imputado, Jochy Gomez, en torno a datos, evidencias, por menores, etc, encontrados en las pesquisas a los correos electrónicos, cuentas, mensajes de los tres prominentes y millonarios funcionarios y dirigentes del PLD?

(Cortesía de: Reynaldo Hernandez Rosa | Para: Cafe56.net)

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Telebasura, ciudadanos y el Código Procesal Penal


Por: REYNALDO HERNANDEZ ROSA
(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

REYNALDO HERNANDEZ ROSA
Desde hace meses venimos insistiendo en la aviesa, ilegal y abusiva practica de camarógrafos y programeros de televisión en dar calificación jurídica a ciudadanos ¨¨apresados´¨¨ por miembros de la policía, donde analfabetas con cámaras ¨¨interrogan¨¨ como si fueren fiscales, cuando aun ni siquiera han sido puesto al control del Ministerio Publico.

Peor aún, los vocingleros de la pantalla chica, al menos, en Santiago y San Francisco de Macoris, en una acción propia de un ilícito penal, tildan con epítetos como: ladrones, delincuentes, violadores, narcotraficantes, etc, cual si los apresados estuviesen condenados, esto, en voz engolada, con ropaje que por caro que sea, denotan la pobreza neurocerebral y lo patan que son, donde hablan sin limites o al meridiano, a sabiendas de que todos conocen el lodo cloacal que los nutre.

En la zona nordeste, los medios televisivos sean han convertido en refugio de maulas, deportados, inhaladores cloacales, ratas cunequeras, que han pasado hacer el brazo del desenfreno y chacabaneria en la pantalla, empero, gracias al control remoto obviamos semejantes bazofias.

El mas reciente hecho en cuestión, fue cuando un ciudadano impotente, denigrado, ultrajado, insultada su imagen, Reverendo él, se presento a los estudios de Telenord, en este municipio, a exigir de un bufón a resarcir lo afirmado por la carpanta en su programa, llegando casi a vías de hecho, empero, debió acudir a lo que establecen las normativas en ese sentido, dejando a los tribunales accionar.

Es norma de estos programeros cuyo intelecto parece un divorcio con estudios primarios, en la búsqueda de notoriedad, aprovechan los abusos de la policía, presentando a sospechosos de un ilícito, salvo en un hecho en fragrancia, sin que el ministerio publico conozca de dichas acciones, vulnerando derechos fundamentales de las personas, establecida en nuestra Constitucion.

En esto, tan culpable son los camarógrafos, programeros y policía, en tanto, los fiscales no pueden seguir permitiendo que la imagen de ciudadanos que aun no han sido acusados, procesados o condenados a ser presentados a los medios de comunicación.

El Codigo Procesal Penal, CPP, en sus articulos 95 y 100 deja establecido de manera precisa el por que no se puede vulnerar la imagen de los sospechosos.

En el inciso 8 del articulo 95, los apresados por la Policia¨¨no ser presentado ante los medios de comunicación en forma que dañe su reputación o lo exponga a peligro.

En tanto, el articulo 100 numeral 2 del CPP, de rebeldía, establece que se publicara sus datos personales en los medios de comunicación para su búsqueda y arresto….¨¨, esto cuando ya es un imputado y se sustrae a una citación judicial.

No obstante, los ciudadanos deben empoderarse cuando taras indignas, como camarógrafos, fotógrafos, programeros y comentaristas a través de los medios audiovisuales le vulneren su imagen, sometiéndoles por ante los tribunales, aunque en muchos casos las vías de hechos tiene sentido dado el abuso de numerosos trogloditas de la televisión , máxime en Santiago y San Francisco de Macoris. Ave maria…..

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Del hallazgo inevitable en materia penal


Por: REYNALDO HERNANDEZ ROSA
(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

Del hallazgo inevitable en materia penalLa incorporación de la cultura jurídica procesal penal de Latinoamerica a nuestro marco legal, no obstante, la critica de añosos y desfasados juristas, sin duda, rompieron con una casta fétida dentro del axial de la justicia, insertando una nueva modalidad, donde las garantías del común de los ciudadanos están por encima de arbitrariedades de gentuza que se creían con el poder omnímodo.

Hoy, muchos alegan que el Código Procesal Penal, CPP, necesitaba para su instauración de una sociedad mas alfabetizada, mas educada, que se empoderara mas. Esto, podría ser cierto, empero, seguirían siendo los pobres de formación, de apellido, de riqueza material, los que continuarían perjudicados con un sistema de justicia penal avieso, ajeno a los que hoy conocemos como derechos fundamentales de las personas.

Ahora bien, no todo es color celeste, dentro de los actores para que este proceso tenga éxito, sin duda, una tara lo ha sido el pobre desempeño del Ministerio Publico, el cual, pese a tener un ente monopólico para las investigaciones punibles, consagrado por nuestro marco supremo legal : La Constitución y leyes adjetivas, viene observando acciones ignaras en la materia que le corresponde, dejándose dirigir como marionetas, de organismos auxiliares como es el caso de la Policia Nacional y otras entidades de seguridad del Estado.

Este introito viene a colacion, luego que observara de manera fortuita un allanamiento realizado por miembros de la DNCD, donde en busca de sustancias controladas, hubo lo que en materia penal se denomina el hallazgo inevitable.

El hallazgo inevitable o hallazgo casual es una figura dentro del marco procesal penal, en el cual en un allanamiento autorizado judicialmente, se encuentran objetos ajenos a la experticia, empero, que incriminan o son pasibles de infracciones, dado que son evidencias de otros delitos para lo que fue hecho la pesquisa del lugar.

El magistrado Ignacio P. Camacho Hidalgo, Juez de la Suprema Corte de Justicia, en su libro Derecho Procesal Penal Anotado, de manera atinada afirma que ¨¨el hallazgo inevitable es el resultado de haber encontrado en un lugar que se pesquisan objetos distintos a los que se pretende hallar, pero constituyen por si solos una infraccion¨¨.

Otra opción judicial, es hacer una extensión del acta de allanamiento, informando al juez de la Instrucción lo hallado, iniciando el ministerio publico las investigaciones inmediatas sobre el hallazgo inevitable.

Igualmente, precedentes jurisprudenciales aseguran que cuando se encontraran objetos ajenos a lo buscado en un allanamiento, el Procurador Fiscal de la jurisdicción debe informar inmediatamente al Juez de la Instrucción del hallazgo, solicitándole una nueva autorización para realizar la experticia ante los nuevos hechos, lo que tendría validez para incorporarlo como evidencias en el proceso de la investigación.

En tanto, Guillermo Moreno Garcia, jurista y tratadista del Codigo Procesal Penal, CPP, asegura que los miembros de la Policia y el ministerio publico no pueden proceder al secuestro de objetos o documentos que no estén relacionados con el hecho punible en investigación, sin la autorización de un juez,

Ahora bien, es por ignorancia, en ocasiones, que las partes no exigen de los funcionarios del Ministerio Publico copias de lo hallado, razón para que muchos auxiliares caigan en corruptela oficiosa, sustrayendo objetos de valor encontrado en la vivienda allanada.

Estas acciones, aviesas, cuando no se solicita al juez de la Instrucción nueva autorización por objetos nuevos que incriminan al imputado allanado, se presta a lo que hoy revelan auditorias de la Camara de Cuentas, donde sus principales funcionarios son pasibles de sometimientos por vender objetos de bienes confiscados, decomisados en allanamientos, en su mayoría por violación a la ley 50-88, donde las indagaciones señalan que en la Oficina de Bienes Incautados y Decomisados existe un desfalco de mas 28 millones de pesos.

Rosado Mateo, ¿Procurador Adjunto?


Por: REYNALDO HERNANDEZ ROSA
(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

REYNALDO HERNANDEZ
Al parecer la instruccion que reciben los fiscales de la Escuela del Ministerio Publico estarian cayendo en personal acefalos, ignaros o por el contrario, en cobardes, ya sea por omision o por conyunturas “especiales”, si tomamos como premisas el pobre desempeno de frente a su papel como jefe de la investigacion en los hechos punibles.

No se concibe que a estas alturas los miembros del Ministerio Publico sigan de rodillas ante uniformes militares y policiales, a sabiendas del rol que estos juegan dentro del marco juridico actual, donde su papel es de auxiliar, en tanto, la pobreza de procuradores fiscales, fiscalizadores, cuando de tomar el control de indagaciones criminales.

Es comun y normal que figuras circenses, bufones en busca de protagonismo para afianzarse en sus cargos, sigan vulnerando derechos fundamentales de las personas, como el jefe de policia, el presidente de la DNCD, asi como los alcahuetes de los llamados organismos de inteligencia, dejandose relegar lo que constitucionalmente tienen las atribuciones para tales fines, como es el caso de los miembros del MP.

Nuestro marco supremo legal, la Constitucion, en su articulo 169 establece que el “ministerio publico es el organo del sistema de justicia responsable de la formulacion e implementacion de la politica del Estado contra la criminalidad, dirige la investigacion penal y ejerce la accion publica en representacion de la sociedad”.

En ningun articulado de la Carta Magna ni en normativas adjetivas se dan atribuciones ni al presidente de la DNCD, DNI, POLICIA, FF .AA, etc, para darse facultad para incluir, excluir posibles imputados en una investigacion criminal, donde mucho menos, se vulneren derechos fundamentales de las personas.

En un reciente caso, en La Romana, la DNCD, via su presidente, mayor general Rolando Rosado Mateo, informo que los propietarios de dos villas en Casa de Campo, no tenian nada que ver con el hallazgo de mas de tres millones de dolares encontrados alli, fruto de negocios del narcotrafico.

Es el presidente de DNCD Procurador Adjunto??

Tiene potestad juridica este, para excluir, incluir a posibles imputados en un expediente por violacion a la normativa 50/88?

Donde Diablo estuvo el Procurador Fiscal de La Romana, sus asistentes, los fiscales de alli. Por que tiene que ser la entidad antinarcotico que haga las acusaciones en una investigacion que aun sigue abierta, excluyendo, en este caso a personas determinantes, dado que son los propietarios de los inmuebles donde hubo el hallazgo de las evidencias criminales?.

La Ley 76/02, el Codigo Procesal Penal, CPP, el cual atribuye el monopolio al Ministerio Publico para todas las acciones donde se produzcan hechos punibles, consagra en su articulo 88 “que el Ministerio Publico dirige la investigacion, practica u ordena las diligencias pertinentes y utiles para determiner la ocurrencia del hecho punible y su responsible.

En tanto, la normativa 78/03, sobre el Estatuto del Ministerio Publico, articulo 6, establece que el MP “es el encargado de dirigir la investigacion de los hechos de caracter penal en representacion de la sociedad….

Asimismo, establece que “en los casos en que la actuacion policial pudiere configurar un crimen o delito, el Procurador Fiscal del Distrito Judicial correspondiente debera conducir la investigacion independiente.

Entonces, donde estan las atribuciones, en este caso, del presidente de la DNCD para excluir personas en una investigacion, a sabiendas que son personas adineradas?. Acaso, excluyo a familiars de los malocrados en Herrera, conocidos como El Muerto y Gilbert.

Empero, lo penoso es la conducta aviesa de los integrantes del Ministerio Publico, no solo en La Romana, sino en todo el pais, donde los uniformados, amen de policia o militar, actuan por encima de lo que consagra nuestra Carta Magna y decenas de leyes…

Entonces, para que se capacitan los fiscales, procuradores fiscales, no obstante, estar protegidos por la Constitucion?. Es temor, ignorancia o connivencia…



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De las butacas congresuales superfluas


Por: Reynaldo Hernández Rosa
(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

Una sola iniciativa que vaya en auxilio de algunos de los innúmeros reclamos comunitarios de los residentes que votaron para que llegara al Congreso, no existen en el desempeño de la diputada por la Circunscripción 2 en la provincia Duarte, María Candida Sanchez Mora.

Después de más de dos años ocupando un asiento en el Congreso Nacional, como diputada, aún los munícipes no observan gestión alguna de la hoy millonaria congresista, la cual se vendió a los acéfalos como una salida para resolver problemas inherentes a los municipios de Pimentel Castillo y Hostos, la cual, logró la butaca en la Cámara de Diputados, cuando los incautos e ignaros creyeron en sus vocinglerías apocalípticas.

María Cándida Sánchez Mora, nativa de Pimentel, cuyo perfil revela de sus ¨¨numerosos cursos¨¨ en materia municipal, empero, en sus dos primeros año de gestión como legisladora, sólo se conocen varias resoluciones insulsas, irrelevantes, como declarar o reconocer a Yaqui Nuñez del Risco, al igual saludar la del Foro Interparlamentario de las Américas, por cuya participación cobra viáticos en nombre de la población que sufragó por ella.

Según la Oficina de Acceso a la Información Pública de la Cámara de Diputados, Ley 200/04, la diputada por la Circunscripción 2 , no ha presentado ningún proyecto hasta la fecha, pese a la soflameria que hizo en su campaña para obtener el voto de los residentes.

Su único “”logro”” como legisladora es la declaración o reconocimiento que obtuvo de sus compañeros del hemiciclo, fue la de reconocer al pelotero nativo de Pimentel, Mendy Lopez Aude, dado su destacado desempeño en el deporte rey del país.

Su participación en iniciativas para la construcción de obras como el polideportivo de San Francisco de Macoris, denominado Arena del Nordeste, donde el también diputado Lupe Nuñez Rosario, de la misma Circunscripción, pero del gobernante PLD,que mantiene con ¨¨un inusual fervor a favor de la juventud¨¨ como lo está siendo con la infraestructura en el municipio de Castillo.

Cándida Sánchez, que ocupó la corporación edilicia de Pimentel como alcaldesa, en varios períodos, tres, donde su perfil en la pagina de la Cámara de Diputados, dice que “”revoluciono”” el municipio, empero, al parecer, solo fue en su residencia, hoy encabezada por otro dirigente del PRD, al igual, con mas de dos año de gestión al frente del cabildo, pese al manejo de millones de pesos, la comunidad no observa el resultado de tantos recursos, incluso, los facilitado por la multinacional Barrick Gold.

María Candida Sanchez Mora de cuya gestión en el Congreso dista mucho de lo que prometió en campana, donde ni en su área, la municipalidad, ha tenido un papel de orden, pese a que es miembro de la comisión de Asuntos Municipales de la Cámara de Diputdos, tiene en su haber una veintena de iniciativas en las cuales solo ha corroborado, siendo la de Mendy Lopez Aude la única de su propiedad como diputada..

Al igual, en otra entrega revelaremos el pobre desempeño del contratista y diputado Lupe Nunez Rosario así como del senador Amilcar Romero, que dado que fue ministro de Agricultura y empresario de los fertilizantes, donde se estima que la administración Fernandez destino mas 800 millones de pesos para obtener esa curul, no se conoce una iniciativa que vaya en favor del sector agrícola en la región, no obstante, ser el Bajo Yuna, una de las zona de mayor productividad en rubros alimenticios…Sin duda, tres asientos congresuales superfluos…

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Pablo Neruda, Danilo Medina y la Barrick Gold


Por: Reynaldo Hernandez Rosa

El laureado escritor, poeta, intelectual chileno, Pablo Neruda, en uno de sus partos mentales, ¨¨Para Nacer he nacido¨¨, en la pagina 350, hace una ejemplarizadora reseña del entonces Salvador Alllende, cuando este, nacionalizo la explotación de los recursos mineros.

Traemos a esto a colación, dado el ¨¨affaire¨¨ mediática con la Barrick Gold y las desviaciones en connivencia con muchos de los funcionarios oficiales en el área de la mineria.

Neruda, con su atinado y explicito lenguaje reseño :

¨¨ Todo lo que pasa en nuestra patria apasiona a Francia y Europa entera .Reuniones populares, asambleas estudiantiles…. El presidente Allende es un hombre universal. La disciplina y firmeza de nuestra clase obrera es elogiada y admirada. Nuestra Fuerzas Armadas, con su preclaro concepto del deber, asombra a los observadores del panorama latinoamericano.

Esta ardiente simpatía hacia Chile en el extranjero se ha multiplicado con motivo de los conflictos derivados de la nacionalización de nuestros yacimientos de cobre. Se ha comprendido en el exterior que ese es un paso gigantesco en la nueva independencia de Chile. Todos se preguntaban como un país soberano podía poner en manos extranjeras la explotación de sus riquezas naturales.

Sin subterfugios de ninguna especie, el Gobierno Popular hizo definitiva nuestra soberanía reconquistando el cobre para nuestra patria.¨¨

Huelgan comentarios.

De la miasma congresual, un senado de alcantarillas...


Por: Reynaldo Hernandez Rosa

Reynaldo Hernandez Rosa
¿ Y por donde se encontraban estos dos millonarios de nueva catadura, cuando se modifico el contrato de la multinacional Barrick Gold?

En su condición de Secretario General y de Organización del partido de gobierno y de frente a los intereses de la sociedad, ¿ Que hicieron?

Al menos, el presidente del Senado, de seguro, seleccionando caros y especiales tejidos en La Coruña para sus extravagancias costureriles y magnificiencia vestimental, razón por la que se le tiene como uno de las cáfilas que mejor viste en el país, claro esta, gracias al erario.

El otro, senador multifacético de San Juan de la Maguana, tal vez por la universidad donde compro el titulo en Derecho, quizás, en la búsqueda de otra titulación adquirida con los dineros de las innúmeras contratas gubernamentales, todo gracias al príncipe.

Estos, son parte de las lebrillas que tenemos en las butacas del Senado, todo una miasma….Pero el pueblo es el culpable…

reynaldoh2001@yahoo.com.mx

Para esa vaina sirve el DNI


Por: Reynaldo Hernández Rosa

Reynaldo Hernández Rosa
Eduardo Galeano afirmaba en uno de sus partos mentales, que el miedo es la materia prima de las prósperas industrias de la seguridad privada y del control social.

Sostenía el laureado escritor de Las Venas Abiertas en America Latina, que la demanda crece tanto o más que los delitos que la generan, donde florece el mercado de las policías privadas , en nuestro país en manos de las lacras del generalato añoso y funcionarios recientes insertos en la seguridad del Estado, en momentos que todos nos vamos volviendo vigilantes del prójimo y prisioneros del miedo.

Estos grandes negocios – las compañías de vigilantes privados- promueven el crimen a través de terceros y de eso, del crimen viven.

En el país tenemos más de treinta y cinco mil policías privados, al frente, por muchos que ayer fueron asaltantes de la cosa pública, prevaricadores, extorsionadores , en fin criminales con saco y uniformes, cobijados en los hoy pútridos y corruptos mandos castrenses y policiales .

Empero, lo mas burdo y corrupto es, el haber hecho del Departamento Nacional de Investigaciones, DNI, todo un tinglado de negociantes de fasto, donde ex funcionarios, amparados en su cercanía con el entonces ex presidente Leonel Fernandez, hicieron fortunas vendiendo seguridad privada desde el organismo a empresas multinacionales, en un claro desenfreno de como estuvo la cosa publica en esas manos…..

Entonces, carajo, estos son los que nos protegen…..Estamos jodidos.

(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

Arrestos disciplinarios en las FF.AA.


Por: Reynaldo Hernández Rosa

Arrestos disciplinarios en las FF.AA.Le comentaba un alistado de las Fuerzas Armadas a otro, en momentos que nos desplazábamos en un vehículo del transporte inter-urbano Nagua-San Francisco, de que paso las navidades bajo arresto, ¨¨porque un jodido coronel se la cojio con el¨¨.

Partiendo de varios articulados consagrados en nuestro marco supremo legal: la Constitución, los arrestos disciplinarios que por herencia trujillista vienen aplicando a los miembros de la Fuerzas Armadas y la Policia Nacional se enmarcan en acciones inconstitucionales.

Nuestra Carta Magna establece en su articulo 40 sobre Derecho a la Libertad y Seguridad Personal : que toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personal, por lo que nadie podrá ser reducido a prisión o cohibido de su libertad sin orden motivada y escrita de juez competente, salvo el caso de flagrante delito.

La Policia Nacional y Fuerzas Armadas,, pese a que fueron derogadas las normativas procesales referidas al enjuiciamiento de los miembros de dichas entidades oficiales, como la Ley 285 de Julio del 1956 asi como el Codigo de las FF. AA. Contenido en la 3483 de 1953, continúan con la aviesa practica, propia de un neo- trujillismo que debe ser erradicado ya, dado nuestro entramado jurídico penal.

Al igual que los arrestos de efectivos policiales y militares por parte de trogloditas cobijados en insignias ganadas en acciones lisonjeras asi como fortunas logradas a través de actos con personas del axial del crimen organizado, tienen los agentes que son sometidos a prisión irregular, acudir al Tribunal Constitucional y demandar la restauración de un derecho fundamental, como es la libertad.

Esto, dado que solo los tribunales ordinarios, según la Constitución, a través de un juez competente tiene derecho a privar de libertad a una persona, no comisiones ni tribunales especiales, como lo vienen haciendo estamentos castrenses y policiales.

Nuestra Ley Sustantiva en su articulo 6 establece : todas las personas y los órganos que ejercen potestades publicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado . Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitucion.

En tanto, el Código Procesal Penal, CPP, en su artículo 3 establece : que nadie puede ser sancionado a una pena o medida de seguridad sin un juicio previo .

Al igual, el articulo 4 del CPP, en relación al juez natural, consagra que ¨¨nadie puede ser juzgado, condenado o sometido a una medida de seguridad, por comisiones o tribunales especiales ni sometido a otros tribunales que los constituidos conforme a ese código con anterioridad a los hechos de la causa.

No obstante, la misma Carta Magna establece en su articulo 254 de la competencia de las Fuerzas Armadas, especificando que : la jurisdicción militar solo tiene competencia para conocer de infracciones militares previstas en las leyes sobre la materia . Las Fuerzas Armadas tendrán un régimen disciplinario militar aplicable a aquellas faltas que no constituyan infracciones del régimen penal militar.

Esto, al igual que en la Policia Nacional, como lo norma el articulo 257, por lo que los arresto a los miembros de los organismos castrenses y policiales son inconstitucionales, si partimos del entramado jurídico que establece nuestro marco supremo legal : La Constitucion.

(reynaldoh2001@yahoo.com.mx)

La filantrópica de la Barrick Gold


Por: Reynaldo Hernández Rosa

Reynaldo Hernández RosaLa empresa multinacional Norberto Odebrecht, principal contratista para las grandes obras viales en la administración Fernandez, con mas de diez anos “ganando” todos los concursos en materia de carreteras u otras infraestructuras, seguira “”contribuyendo”” al desarrollo intelectual del periodismo aglutinado en las empresas evasoras gracias a los renovados nexos con una parte del axial corrupto de ejecutivos de medios escritos.

Odebreccht, empresa socio de los mas emprendedores negocios con ex funcionarios oficiales, incorpora concursos para periodistas al servicios de estas multinacinales, sin dudas, una iniciativa parida de carpantas dentro de los diarios escritos, los cuales devengan altos salarios en materia de “”asesores”” de la multinacional.

Odebrecht al igual que la Barrick Gold, con decenas de ejecutivos de medios escritos en sus árganas de pago, motivo por el cual los embadurnadores de cuartillas no tocan de los abusos y corrupción de estas empresas, donde todos conocen de la adhesión de todos estas maulas desacreditadas y burdas de la comunicación corporativa, cobijada en los periódicos vendidos a todos estas corporaciones de succionadores y estafadores profesionales.

Con la iniciativa la multinacional de las contratas millonarias honrara a parte de sus lambiscones insertos en los principales prostíbulos de comunicación con los que cuenta el pais, no obstante, el descredito de los mismos, donde ya muchos son llamados los “vanguardias del pueblo”.

(reynaldoh2001@yahoo.com.mx) 

Diferencias entre imputado, procesado, acusado y condenado

Significado de ciertos términos jurídicos
Por: Reynaldo Hernandez Rosa / San Francisco de Macoris.– Abogados, estudiantes de Derecho, periodistas y alcahuetes de los medios electronicos siguen confundiendo vocablos juridicos, obviando los diferentes escenarios dentro de un proceso judicial , al menos en materia penal.

Muchos, llaman imputado, detenido, acusado, procesado, etc, a toda persona que esta siendo perseguido por algun hecho punible, empero, por ignorancia , en la mayoria de las veces, se emplean indebidamente los terminos, haciendo notar que son sinonimos, sin embargo, distan mucho de esto.

El mismo Codigo Procesal Penal, Ley 76-02, en sus articulados hace presicion y llama al perseguido penalmente, segun la etapa del proceso.

Un imputado es la persona que esta perseguida por un hecho y sobre el cual se efectua una investigacion, donde se le han decretado medidas cautelares.

En tanto, tal como lo establece el magistrado Ignacio Camacho Hidalgo, en su atinado Codigo Procesal Penal Anotado, cuando este, el imputado, entra en la etapa de Audiencia Preliminar, en la cual se presentan cargos que pueden enviarlo al tribunal de juicio, se considera entonces, procesado.

Ahora bien, cuando el procesado ya en la etapa de juicio, se presentan los medios de pruebas, recibiendo este, una acusacion formal, pasa entonces a identificarse como el acusado.

Asimismo, refiere Camacho Hidalgo, en la pagina 171 de su Codigo Procesal Penal Anotado, que cuando en la etapa de juicio interviene una sentencia condenatoria que se haga firme debe ser llamado condenado, condenado.

Esperando que este aclarando sirva para corregir esas pifias, al tiempo , de que engrose el acervo juridico de muchos.

(Photo Credit: Vstock LLC / Gettyimages.com)
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¿Para qué sirven los legisladores nordestanos?

 ¿Para qué sirven los legisladores nordestanos?
Reynaldo Hernandez Rosa / Castillo, Provincia Duarte.- Amilcar Romero, aventajado empresario de los fertilizantes, ex titular de Agricultura, por lo que se intuye goza de sólidos conocimientos e informaciones en torno a nuestra producción agrícola, su problemática, su bonanza asi como todos los entuertos e intermediarios que se cobijan en ella.

Romero, dos veces senador de la Republica por nuestra provincia Duarte, donde la administración Fernandez ¨¨invirtio¨¨ mas de ochocientos millones de pesos para que esa curul fuera obtenida por este, impidiendo asi a que otras lebrillas del pepeachismo la obtuviera, a sabiendas que si no hacían tal inversión, no hubiesen alcanzado tal asiento en el hoy cabaret congresual, empero, el fiasco de gestión esta ahí. Improductiva y pobre.

En tanto, con estos años como senador por la región, hoy, no se conoce una sola iniciativa de la gestión del prospero empresario y entregado a las causas del Vaticano, a través de las sotanas nordestana, que vayan en favor de los cientos de parceleros de una de las zonas más productivas del país: el Bajo Yuna.

Solo en una población carente de empoderamiento, falto de líderes que actúen cónsonos con la realidad de todo este cotarro de inoperantes, se puede tener a todas estas cáfilas insertos en los poderes del Estado.

Esto, partiendo que no hay solo municipio de la provincia Duarte que exhibe algún logro comunitario parido no solo del senador, de su barrilito, sino de ningunos de los alcahuetes de los diputados que nos representan. Todos, una miasma más...

(Source: Reynaldoh2001@yahoo.com.mx)
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Kelsen, Zamora Castillo y el Tribunal Constitucional

Reynaldo Hernández Rosa
Reynaldoh2001@yahoo.com.mx
Al parecer la doctrina vernácula en materia procesal constitucional busca obviar los aportes significativos y determinantes de jurisconsultos de nuestra America Latina, si tomamos como premisas las incongruentes teorías en torno a la incorporación del órgano de cierre en el área, como lo es , el Tribunal Constitucional.

Hector Fix Zamudio y Domingo Garcia Belaunde, dos tratadistas en materia procesal constitucional, duchos en el tema, aducen que tanto Kelsen como Smith, hicieron grandes colaboraciones , empero, no crearon nada, absolutamente nada.

Garcia Belaunde, mas corrosivo y cortante, afirma que para hablar de Tribunal Constitucional, debe existir un Derecho Procesal Constitucional, esto a la vez un Derecho Procesal, herramientas que no conformaban el entramado entonces, en Austria, Checoslovaquia, entre otras naciones de la zona.

Sin embargo acota que, en cuanto a la materia procesal constitucional, que dentro de ello, como significativo , el control constitucional de las normas de alto nivel.

A juicio de Domingo Garcia Belaunde, Kelsen fue el primero en hablar de un poder de control concentrado, de una justicia constitucional, haciendo hincapié en que este podría ser uno de los teóricos de la creación de un órgano concentrado, empero, en su Austria, en los 1919 y 1920 solo fueron postulados con ansias de que se produjera lo que años posteriores fue una realidad.

En tanto, no puede calificarse a Kelsen como el padre o fundador de Derecho Procesal Constitucional ni del Tribunal Constitucional. Ahora bien, es uno de los teoricos mas solventes en la materia, creador del modelo concentrado, impulsador de esa herramienta que recorrió el mundo.

Ahora bien, un dato inobjetable es que la primera vez que aparece la figura de un Tribunal Constitucional fue en Checoslovaquia, donde en su Cosntitucion de febrero 1920 se consagra dicha materia, no obstante, por motivos de geopolítica en la zona, este órgano no observo una sola sentencia cónsona con su papel, por lo que no dejo rastro de su existencia.

El Tribunal Constitucional checoslovaco funciona de 1920 a 1931, luego queda inactivo por falta de renovación por falta de los miembros y se extingue en el 1938, es en ese dilatado lapso lanza una sola sentencia en 1922, sin trascendencia alguna. Para efectos practico no funciono.

De lo anterior se desprende que Kelsen no es el autor de la Constitucion federal austriaca ni tampoco es el creador del Tribunal Constitucional , sino en todo caso, uno de sus autores y quizás el mas importante. Atribuir a un solo hombre la creación de una Constitucion entera y de una institución , es sin lugar a dudas una exageración, afirma Zamudio.

Según Garcia Belaunde, Kelsen no solo fue partícipe de la teoría de un Tribunal Constitucional que aparece en Europa, sino que fue magistrado y relator permanente de ese tribunal , siendo el primero que le dio una formulación teórica y fundamentación tan rigurosa y sugestiva , que ha sido inatacable durante varias décadas, donde solo ahora aparecen cuestionamientos, pues se ven cosas que antes no se visualizaban.

Es evidente que no puede negarse el merito de las contribuciones checoslavaca, pero lamentablemente ese país ya no existe, donde su influencia fue mínima, no asi en Austria, donde su desarrollo llego de manos de gestores y críticos a Kelsen, como lo fue Carl Schmitt, el cual gano nombradía luego que sostuviera una de las polémicas mas corrosivas en la materia contra Kelsen, ahí se inicia la figura de Schmiit en materia constitucional.

Carl Schmitt, que tuvo resonancia y vasta influencia en la Europa de aquella época, y que hasta ahora perdura, si bien la tesis del Tribunal Constitucional como guardián de la Constitución, que es la que ha triunfado para fines prácticos.



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Sumisión canina de Fiscales con órganos policiales y militares

Reynaldo Hernández Rosa
Reynaldoh2001@yahoo.com.mx
Al parecer los fiscales que salen de la Escuela Nacional del Ministerio Publico obvian las enseñanzas que esta imparte, si partimos de los conocimientos que exhiben una mayoría de los formados allí, los cuales no hacen valer del monopolio que le consagra nuestro marco supremo legal: la Constitución, en su artículo 169.

El mismo establece que el Ministerio Publico es el órgano del sistema de justicia responsable de la formulación e implementación de la política del Estado contra la criminalidad , dirige la investigación penal y ejerce la acción publica en representación de la sociedad.

Al igual, el Código Procesal Penal, CPP, en sus articulos del 88 al 94, delimita y precisa las funciones del MP, expresando de manera clara en el 88 que el Ministerio Publico dirige la investigación, practica u ordena las diligencias pertinentes y utiles para determinar la ocurrencia del hecho punible y su responsable.

Asimismo, consagra en el articulo 92 pone en evidencia el papel de la Policia dentro de una investigación punible, estableciendo que los funcionarios y agentes de policía tienen las obligaciones de practicar las diligencias orientadas a la individualización física e identificación de los autores o complices del hecho punible y llevar a cabo las actuaciones que el ministerio publico les ordene, previa autorización judicial si es necesario.

Esto, ante la sumisión de los Procuradores Fiscales, Fiscalizadores y operadores del Ministerio Publico con miembros de los organismos castrenses y policiales, dejándose narigonear por ignorantes en el ramo, a sabiendas que estos auxiliares del órgano judicial, amen del jodido rango que obstente el agente de la agencia del Estado.

Es injustificado, peor aun, absurdo, que un miembro del ministerio publico se deje manejar de un uniformado ante un hecho punible que se este investigando, incluso, en flagrancia, como si fuese los miembros de la Policia los encargados de las indagaciones.

No es posible que se siga permitiendo a la Policia incorporar las festivas comisiones para investigar acciones punibles, maxime cuando hay miembros de la institución ligados a delitos o crímenes, como si tratara de sanciones disciplinarias.

Tanto la Constitucion como el Codigo Procesal Penal, sientan normas que da poder, monopolio al Ministerio Publico para ser el organismo rector de las investigaciones punibles en representación del Estado.

Recientemente la Fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso alerto a los fiscales adjuntos y fiscalizadores por dejarse manejar de miembros de uniforme asi como por dejar vencer los plazos, advirtiendo que serán destituidos los que permitan estas acciones.

A diario se conocen de las acciones aviesas de los uniformados, tanto de la Policia Nacional como de estamentos de las Fuerzas Armadas, obviando la supremacía del Ministerio Publico en todo hecho punible.

Es normal la ilícita practica de policías, los cuales realizan allanamientos, *operativos* sin la presencia de un fiscalizador o de infomalo, asimismo, efectivos del G2, unidad de inteligencia de las FF. AA, realizando chequeos en tramos carreteros sin la información previa al ministerio publico, no obstante, las constantes denuncias de extorsion por parte de hombres de trabajo en toda la zona.

Es preciso que los miembros del ministerio publico asuman su rol de frente a la sociedad, enmarcado en los preceptos que le otorga nuestra Carta Magna u otras leyes , donde le confiere el monopolio de todos los hechos punibles, al tiempo que detengan la burda practica de los agentes policiales de erigirse como máximos representantes de investigaciones delictivas.

Los hechos cotidianos exigen mas firmeza contra la odiosa maniobra policial, limitar los abusos de estos organismos los cuales son una afrenta para la sociedad, pero ya..



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Comunicadores Bazofias

Reynaldo Hernández Rosa
Reynaldoh2001@yahoo.com.mx
¿Volverá el partido de gobierno a cometer los mismos yerros en materia de divulgación, comunicación, de relaciones publicas?

Al menos, en la provincia Duarte, la pobreza periodística se hizo presente, a sabiendas que en la región la administración Fernandez realizo innúmeras infraestructuras, empero, la falta de divulgación por parte de las carpantas inoperantes, acéfalas del periodismo local, no obstante, estar insertas en nominas en todas las Direcciones Regionales y la Gobernacion, llevaron, entre otras cosas, al fiasco electoral en toda la zona.

Solo en un conglomerado de omniscios, de prepotentes, de un grupo de intolerantes que conforman el axial de privilegiados del PLD en la provincia Duarte, se pudo llegar a tan macabro e improductivo trabajo político, donde las insulsas bocinas no lograron llegar a la ciudadanía, donde aun hoy, taras analfebetas dominan el espectro comunicacional, con programas repletos de refritos, usando un risible teatro televisivo, sin nada que ofrecer a la teleaudiencia mas que una vocinglería pobre y burda.

En los días recién pasados, dos locutores del organismo de prensa de la Presidencia se reunió con comunicadores, programeros y algunos periodistas de San Francisco de Macoris, los mismos que con sus ** aportes** en materia de divulgación contribuyeron a la ridícula derrota del partido de gobierno en la provincia, pese a las cuantiosas obras ejecutadas por la administración Fernandez, empero, todo indica que repetirán las mismas acciones, donde los actores y privilegiados solo se cambiaron las chaquetas, pero se dejaron los mismos entuertos. Esperemos...



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Peligrosa confusión de la DNCD

Reynaldo Hernández Rosa
Reynaldoh2001@yahoo.com.mx
Ignoro en que consistió la confusión de las taras pertenecientes a la Direccion Nacional de Control de Drogas, DNCD, en el caso reciente en este municipio, donde dos regidores y un profesor fueron vejados , humillados y conculcados derechos fundamentales, que convencidos estos, los del organismo oficial , de la pobreza del Ministerio Publico, órgano determinante para controlar los abusos de estos delincuentes cobijados en uniformes militares y policiales, como quedo evidenciando en la solicitud de extradición del ex jefe de operaciones de esa entidad anti narcoticos, Hiraldo Guerrero.

Seria un absurdo de los regidores que recibieron un trato fuera de todo tino y raciocinio, siempre y cuando se tratara de una confusión , como se maneja hasta ahora, si estos no inician acciones legales contra la DNCD, tras vulnerarse principios fundamentales, tales como la dignidad humana, derecho a la libertad de transito asi como los preceptos legales.

A sabiendas que los ediles ultrajados, humillados en medio de un aparataje sucio, burdo, asqueante, se queden de manos cruzadas ante tal abuso por parte de estamentos fetidos y corruptos como son los miembros de la DNCD y efectivos de la Policia en todo la región nordeste.

De no ejercer su derecho mediante accions en los tribunales, los ediles en cuestión, tanto el regidor del cabildo de Castillo como el de Villa Riva, sentaran un burdo precedente a los munícipes, dado que son representantes de dos poblaciones, que por ende deben exigir reparos a tales abusos.

En el caso que ese bando de delincuentes, los de la DNCD, hubiesen llegados a hechos materiales, donde pudieron haber asesinados a los involucrados en la hazaña festiva y abusiva, hoy quedarían ante las comunidades como lacras del narcotráfico. O no.

De no hacer nada como ciudadanos, maxime como representantes de municipios, seria un precedente nefasto para la mayoría de los munícipes, dado que son autoridades edilicias, por lo que esto , sin duda, daría mas poder a estas lacras cobijadas en siglas criminales., amen del pobre papel del Ministerio Publico, todo un adefesio, como se evidencio en la tarde en que se escenifico el aparataje de la DNCD en Castiilo.



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Don Nikin y los logros de Leonel

Reynaldo Hernández Rosa
Reynaldoh2001@yahoo.com.mx
Con las encías despobladas, la piel curtida, la mirada atenta al periódico, que pese es de fecha atrasada, don Nikin, octogenario, deja escapar con dejo, un suspiro de sorpresa cuando lee que suman mas de dos mil millones de pesos lo retenido por un organismo oficial en torno a pensionados y envejecíentes.

El añoso pueblerino con barba tupida y canosa, mira al horizonte y dice: ¿¿y para cuando es que lo van a entregar, carajo, cuando seamos pastos de los gusanos??.

Con la sabiduría que dan los años, el hambre, los eventos cotidianos, no así las aulas, don Nikin , que dejo sus años en los sembradíos, detiene su lectura cuando termina una información sobre los logros de ex presidente Leonel Fernandez, enumerado por uno de los aventajados y millonarios del Comité Político del PLD y reseñado por uno de los miembros del cotarro periodístico que hizo fortuna en la administración Fernandez.

Diablo, cuales logros, carajo……El metro, las quintas en Los Mogotes, en Jarabacoa, los helicópteros, las torres en la Anacaona de ex funcionarios, al parecer ganadores de algún Loto. O acaso los paradigmas de nueva catadura como San Félix Bautista, Diaz Rua, Bonnetti, etc, filántropos de mal agüero.

Aaahhhhh los logros, sonríe don Nikin, ¨¨ fíjate por acá también observamos los logros de la administración de Leonel Fernandaz. Fíjate que en esta comarca ya tenemos en todas las casas de madera hierro por doquier, dado la inseguridad que adquirimos en los años recientes.

Oye esto, oye esto, vocifera, aquí en este jodido campo, rodeado de ríos, todos, todos, tenemos tinacos. Progresamos, claro, el agua nunca nos llega por tubería, en pleno siglo digital….

Con gesto de incomodidad, don Nikin se suelta los únicos dos botones de su raída camisa kaki, exclamando, ¨¨ mire el diablo, ahora el pueblecito se ve hasta bonito en las noches, pese a que el cojo ese de Marranchini dejo quebrada la coiporacion, aquí siempre se ilumina con los aparatos esos..inversores que manda lo de afuera a sus taitas´´.

Entonces, de que logros del diablo es que habla este del periódico, será de los que el se llevo entre las uñas…..Y pa colmo lo dejan en el cargo…. Eso es pa que siga hablando m……Si, ese que esta en la vaina esa del turismo….

Empero, don Nikin, dado que lee los diarios con retraso, aun no s e entera de la formidable ¨¨propuesta fiscal del Estado ¨¨, donde los empresarios de Dios siempre mediando, no obstante, para sus bolsillos...



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¿Para qué sieve los organismos de Inteligencia del Estado?

Reynaldo Hernández
Reynaldoh2001@yahoo.com.mx
El hallazgo de armas en manos de una secta de alemanes en Sosua, Puerto Plata, evidencia la pobreza de nuestros cuerpos de inteligencia, no obstante, el macuteo cotidiano en el mismo tramo carretero donde esta ubicado el proyecto habitacional en cuestión.

La vulneralidad de nuestro territorio dado los exiguos controles por parte de la decena de organismos de seguridad dl Estado, los cuales hoy repletos de taras corruptas encabezados por generales y oficiales extorsionadores.

Son organismos internacionales los que cuestionan la complicidad de estamentos oficiales, en este caso efectivos de Migracion, DNI, J2, G2, etc, los cuales son fácilmente sobornados por personal del crimen organizado, tanto en la zona como en el resto del país.

Despachos de legaciones diplomáticas hace meses que vienen denunciando actos criminales de nacionales buscados por entidades de sus países, empero, aquí encuentra documentación falsa, todo en complicidad con miembros de la llamada seguridad del Estado.

Es preocupante el papel de nuestras autoridades militares y policiales, quienes esta llamados a custodiar nuestro territorio, son los primeros en unirse a las acciones delictivas.

Hoy se cuestiona los negocios millonarios de funcionarios del Departamento Nacional de Investigaciones, DNI, los cuales tenían empresas de seguridad privada, los cuales obtuvieron contratas de multinacionales extranjeras, cobijados en la sigla de la seguridad especial del presidente de la Republica.

Empero, precisaron que resulta contradictorio que en momentos que mas atracos en la zona, donde todos conocen a los delincuentes, el G2 no persigue a estos, en cambio, extorsionan a todos los que vienen de la faena cotidiana.

Afirmaron que el mismo equipo de ¨¨inteligencia d el G2¨¨ lleva meses macuteando en los principales caminos y tramo carretero desde Puerto Plata hasta San Francisco de Macoris.

En los meses recientes, la misma unidad del G2, estamento de seguridad e inteligencia de las Fuerzas Armadas, vienen realizando operativos ilegales, en los tramos Castillo-Los Cafes, Castillo-Villa Riva, donde nadie sabe que se incauta, donde va, empero, los requisados son extorsionados por los oficiales cuando sus permisos de porte de armas están vencidos, en tanto, los efectivos cuando hay reyertas a tiros entre delincuentes o en atracos nunca son avistados.

Pese a lo ilegal de la práctica, dado que nunca los operativos son, luego de hechos en flagrancia, por lo que los mismos deben de ser informado al fiscalizador del municipio o en su presencia, no obstante, esto no se produce, tal como lo establece la normativa procesal penal vigente.



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Gobernadora Provincial, Municipal no!...

Por: Reynaldo Hernández
reynaldoh2001@yahoo.com.mx

 La ausencia de liderazgo, unido a la ignorancia de muchos de los munícipes en la región, obliga que el concierto de funcionarios se manejen de manera ajena a los reclamos colectivos, no obstante, el voto popular les llevo a cargos desde los cuales han adelgazado sus míseras.

En las décadas recientes, la provincia Duarte ha contado con un cotarro de servidores públicos, insertos en funciones determinantes para la solución de problemas a los diferentes municipios, empero, otro han sido los resultados, dado la falta de exigibilidad, así como falta de unidad entre los pueblerinos para llevar a efectos reclamos inherentes a sus poblaciones.

Uno de estos cargos, que por su responsabilidad de frente al Estado, es la Gobernación Provincial, que se entiende, es la representación del Poder Ejecutivo en la región.

Empero, los residentes en la provincia Duarte, estos, en los municipios de Pimentel, Castillo, Hostos, Villa Riva y Arenoso, no conocen iniciativas algunas , al menos en los últimos gobernadores-as, los cuales han hecho de la función todo un filón para allegados, familiares y alcahuetes que le rodean con lisonjas y adulaciones.

Salvo que los munícipes no se empoderen de las normativas que le dan facultad para exigir de todo este tinglado de carpantas que llegan el tren estatal, e inicien con argumentos y acciones contundentes la realizaciones de obras y colaboraciones que busque aminorar las deficiencias que como municipio adolecen, estos succionadores seguirán drenando los recursos del erario en provecho solo de ellos.

Se alberga la esperanza que la designación de la nueva gobernadora provincial no sea mas de lo mismo, imitando el mismo patrón de la recién destituida, de la cual solo se conoció en los municipios de la zona en fotos, demostrando la magia que hace el bisturí y los pelings.

Ojala que la actual gobernadora provincial, oriunda de Cenovi, no sea una gobernadora municipal, sino de la provincia.

Estaremos atentos….



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